martes, 30 de marzo de 2010
ESTOY CURSANDO QUEJAS A TODAS LAS INSTITUCIONES.
Hermanos al ver que nuestra Justicia nacional no avanza en mi caso me he visto en la obligacion de comenzar a presentar Quejas, a las diversas instituciones de nuestro Pais, para que haci todos conoscan mi caso y vean lo que esta pasando a mi persona y me puedan ayudar, recuriendo a este sistema por ser de muy bajo costo hasta que lo pueda mantener, Gracias a todos los que se quisieran interesar en mi caso mi persona les puede hacer llegar toda la documentacion que me lo requieran para que vean que todo lo dicho es verdad y sustentado con documentos. Garcias y muchas bendiciones a todos.
viernes, 26 de marzo de 2010
SOLO POR SER SOCIO Y ESTAR REGISTRADO DE ACUERDO A LEY
Hermanos aqui les escribo parte del inicio de la investigacion donde nos consideran ya como personas que hemos cometido delito:
ATENDIENDO: Que, el punto "7" del: Parte Nº 126-12-06-DIRANDROPNP/EEIP.G1, indica que por informacion recepcionada de Registros Publicos y SUNAT, Jorge MIguel Torres Diaz, Rosa Elizabeth UTIA Diaz y Edgar Rene Ynuma Aquituiari, habrian formado parte de la constitucion y manejo de las empresas de los investigados Sergio Marcelo Fontanellas Bobo y Daniel Eduardo Yabbur. Asimismo, de conformidad con la documentacion derivada por la Fiscalia de la Nacion, con relacion a la solicitud del Levantamiento del Secreto Bancario de Vladimiro Montesinos y otros, esta debera remitirse a la Direccion Antridrogas de la Policia Nacional. Por lo que de conformidad con lo anteriormente expuesto este Ministerio Publico en concordancia con el Decreto Legislativo 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, DISPONE: a) AMPLIESE LAS INVESTIGACIONES CONTRA JORGE MIGUEL TORRES DIAZ, ROSA ELIZABETH UTIA DIAZ Y EDGAR RENE YNUMA AQUITUARI por el presunto delito de lavado de Activos y otros en agravio del estado. b) REMITASE A LA DIRECCION ANTIDROGAS DE LA POLICIA NACIONAL DIRANDRO la documentacion emitida por la Fiscalia de la Nacion por guardar relacion con la presente investigacion preliminar.- Oficiese;-Firmado.- Sr. Jorge Wayner Chavez Cotrina.- Fiscal Provincial Antidrogas (T).- Fiscalia Especializada en TID, Lavado de Activos y Corrupcion de Funcionarios.
Como veran hermanos nos incluyen en el proceso, nos investigaron ellos , a mi persona y esposa nos notificaron solo para ir a declarar en cuatro oportunidades, la primera y la segunda como testigos y la tercera y cuarta no nos quisieron atender, nunca nos llego documento alguno para presentar descargos sobre nuestra participacion con estas empresas, siempre nos dijeron que estabamos en calidad de testigos y pasados dos años de la primera citacion, me detuvieron y me trasladaron de mi ciudad a la capital y me pusieron en una de las carceles mas seguras del Peru. Penal Miguel Castro Castro, donde estoy hasta la fecha. como me pude defender antes si nunca me solicitaron algo, prueba de ello es que un este proceso esta registrado las veces que me citaron. ( el 11-12-2006), (27-10-2006), (28-11-2006), (07-09-2007), (14-12-2007).
Agradecido por todo lo que puedan hacer por ayudarme a obtener justicia en nuestro Peru. Bendiciones a todos.
ATENDIENDO: Que, el punto "7" del: Parte Nº 126-12-06-DIRANDROPNP/EEIP.G1, indica que por informacion recepcionada de Registros Publicos y SUNAT, Jorge MIguel Torres Diaz, Rosa Elizabeth UTIA Diaz y Edgar Rene Ynuma Aquituiari, habrian formado parte de la constitucion y manejo de las empresas de los investigados Sergio Marcelo Fontanellas Bobo y Daniel Eduardo Yabbur. Asimismo, de conformidad con la documentacion derivada por la Fiscalia de la Nacion, con relacion a la solicitud del Levantamiento del Secreto Bancario de Vladimiro Montesinos y otros, esta debera remitirse a la Direccion Antridrogas de la Policia Nacional. Por lo que de conformidad con lo anteriormente expuesto este Ministerio Publico en concordancia con el Decreto Legislativo 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, DISPONE: a) AMPLIESE LAS INVESTIGACIONES CONTRA JORGE MIGUEL TORRES DIAZ, ROSA ELIZABETH UTIA DIAZ Y EDGAR RENE YNUMA AQUITUARI por el presunto delito de lavado de Activos y otros en agravio del estado. b) REMITASE A LA DIRECCION ANTIDROGAS DE LA POLICIA NACIONAL DIRANDRO la documentacion emitida por la Fiscalia de la Nacion por guardar relacion con la presente investigacion preliminar.- Oficiese;-Firmado.- Sr. Jorge Wayner Chavez Cotrina.- Fiscal Provincial Antidrogas (T).- Fiscalia Especializada en TID, Lavado de Activos y Corrupcion de Funcionarios.
Como veran hermanos nos incluyen en el proceso, nos investigaron ellos , a mi persona y esposa nos notificaron solo para ir a declarar en cuatro oportunidades, la primera y la segunda como testigos y la tercera y cuarta no nos quisieron atender, nunca nos llego documento alguno para presentar descargos sobre nuestra participacion con estas empresas, siempre nos dijeron que estabamos en calidad de testigos y pasados dos años de la primera citacion, me detuvieron y me trasladaron de mi ciudad a la capital y me pusieron en una de las carceles mas seguras del Peru. Penal Miguel Castro Castro, donde estoy hasta la fecha. como me pude defender antes si nunca me solicitaron algo, prueba de ello es que un este proceso esta registrado las veces que me citaron. ( el 11-12-2006), (27-10-2006), (28-11-2006), (07-09-2007), (14-12-2007).
Agradecido por todo lo que puedan hacer por ayudarme a obtener justicia en nuestro Peru. Bendiciones a todos.
lunes, 22 de marzo de 2010
TODO EMPEZO DE UNA MENTIRA DE UN REO.
Hermanos aqui les escribo como empezo esta investigación a mi ex socio, este relato esta en el expediente al inicio de las investigaciones:
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que conforme se advierte del parte policial nuemro 092-2006-DIRANDRO PNP/EEIP-G1, se tiene de la información proporcionada por el reo en cárcel Jorge CHAVEZ MONTOYA (a) "Polaco", recibio en fecha veintidós de agosto del año en curso (2006), Quien señaló entre otras informaciones, que las siguientes empresas: NAVIERA ARIES SRL, MERCURY SA, ARG PER FORESTAL SCRL, NAVIERA MERCURY SRL, NAVIERA ARJ PER SA, YQUITEÑA SCPI, NAVIERA MERCURIO SAC, MERCURIO AMAZONAS SAC, TRANSPORTE FLUVIALES MERCURIO SRL, ARG PER EQUIPO SA Y FON VEL SRL, fueron formadas con dinero producto del trafico ilicito de drogas pertenecientes a Vladimiro MONTESINOS TORRES Y Edgar CHIRINOS MEDINA, de igual modo manifesto que las personas encargadas de conformar estas empresas fueron los ciudadanos extranjeros Daniel EDUARDO YABBUR y Sergio Marcelo FONTANELLAS BOBO; por tales hechos, se estaría ante indicios razonables que permitirían presumir preliminarmente que tanto Vladimiro MONTESINOS TORRES, fernando Melciades ZEVALLOS GONZALES, Edgar Benjamin CHIRINOS MEDINA y las otras personas que integraron la organización delictiva dedicada al trafico ilicito de drogas presumiblemente operaron desde el año de 1990 al 2000, habrian utilizado el dinero producto de dicho ilicito criminal, en conformar empresas, asi como adquirir bienes patrimoniales, con el propósito de lavar ese dinero de procedencia ilicita e insertarlo en el sistema financiero legal.
Solo me queda decirles que estas empresas se constituyeron recien en el año 2004 y 2005. como pudieron haber considerado la policia estos hechos si todavia no existian.
La informacion esta en los registros publicos a solicitud de cualquier interesado, mas aun si la policia lo solicita. no lo verificaron.
Este reo en carcel, condenado "POLACO", en su segunda ampliación de fecha 16-07-2006. no recuerda nada de estos hechos. y en otra ampliacion de manifestación este señor se recuerda todo hasta los nombres de las personas y de las empresas.
Hermanos mi persona como saben esta en la carcel actualmente con 27 meses de carceleria, por haber invertido en mi Pais en empresas constituidas legalmente. Oro porque todo esto se termine y que se haga Justicia tanto para mi y para todos los que estamos recluidos en una carcel en forma INJUSTA. Gracias.
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que conforme se advierte del parte policial nuemro 092-2006-DIRANDRO PNP/EEIP-G1, se tiene de la información proporcionada por el reo en cárcel Jorge CHAVEZ MONTOYA (a) "Polaco", recibio en fecha veintidós de agosto del año en curso (2006), Quien señaló entre otras informaciones, que las siguientes empresas: NAVIERA ARIES SRL, MERCURY SA, ARG PER FORESTAL SCRL, NAVIERA MERCURY SRL, NAVIERA ARJ PER SA, YQUITEÑA SCPI, NAVIERA MERCURIO SAC, MERCURIO AMAZONAS SAC, TRANSPORTE FLUVIALES MERCURIO SRL, ARG PER EQUIPO SA Y FON VEL SRL, fueron formadas con dinero producto del trafico ilicito de drogas pertenecientes a Vladimiro MONTESINOS TORRES Y Edgar CHIRINOS MEDINA, de igual modo manifesto que las personas encargadas de conformar estas empresas fueron los ciudadanos extranjeros Daniel EDUARDO YABBUR y Sergio Marcelo FONTANELLAS BOBO; por tales hechos, se estaría ante indicios razonables que permitirían presumir preliminarmente que tanto Vladimiro MONTESINOS TORRES, fernando Melciades ZEVALLOS GONZALES, Edgar Benjamin CHIRINOS MEDINA y las otras personas que integraron la organización delictiva dedicada al trafico ilicito de drogas presumiblemente operaron desde el año de 1990 al 2000, habrian utilizado el dinero producto de dicho ilicito criminal, en conformar empresas, asi como adquirir bienes patrimoniales, con el propósito de lavar ese dinero de procedencia ilicita e insertarlo en el sistema financiero legal.
Solo me queda decirles que estas empresas se constituyeron recien en el año 2004 y 2005. como pudieron haber considerado la policia estos hechos si todavia no existian.
La informacion esta en los registros publicos a solicitud de cualquier interesado, mas aun si la policia lo solicita. no lo verificaron.
Este reo en carcel, condenado "POLACO", en su segunda ampliación de fecha 16-07-2006. no recuerda nada de estos hechos. y en otra ampliacion de manifestación este señor se recuerda todo hasta los nombres de las personas y de las empresas.
Hermanos mi persona como saben esta en la carcel actualmente con 27 meses de carceleria, por haber invertido en mi Pais en empresas constituidas legalmente. Oro porque todo esto se termine y que se haga Justicia tanto para mi y para todos los que estamos recluidos en una carcel en forma INJUSTA. Gracias.
viernes, 19 de marzo de 2010
COMUNICARLES QUE MIS QUEJAS HAN SIDO RECIBIDAS.
Hermanos les comunico que mis quejas han sido recepcionadas, me llena de mucha alegria saber esto, aqui les adjunto los numeros de recepcion para que todos lo vean:
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
Registro de Mesa de Partes de la OCMA: 3698,3699,3700,3701 Y 3702-2010 QCE-027
Nos dirigimos a Usted para acusar recibo de su correo electrónico. Su comunicación ha sido impresa e ingresada por Mesa de Partes de la Oficina de Control de la Magistratura, con fecha 18 de Marzo de dos mil diez.
El orden de sus quejas recibidas y recepcionadas son las siguientes:
Queja Nº 01 - Registro en Ocma Nº 3698-2010
Queja Nº 02 - Registro en Ocma Nº 3699-2010
Queja Nº 03 - Registro en Ocma Nº 3700-2010
Queja Nº 04 - Registro en Ocma Nº 3701-2010
Queja Nº 05 - Registro en Ocma Nº 3702-2010
Atentamente,
Quejas por Correo Electrónico
Palacio de Justicia
Oficina N° 248 - 2° piso
Av. Paseo de la República s/n
LIMA 1
ocmapj@pj.gob.pe
AELS
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
Registro de Mesa de Partes de la OCMA: 3754-2010 QCE-029
Nos dirigimos a Usted para acusar recibo de su correo electrónico. Su comunicación ha sido impresa e ingresada por Mesa de Partes de la Oficina de Control de la Magistratura, con fecha 18 de Marzo de dos mil diez.
Atentamente,
Quejas por Correo Electrónico
Palacio de Justicia
Oficina N° 248 - 2° piso
Av. Paseo de la República s/n
Gracias a todos y muchas bendiciones de nuestro JEHOVA DIOS, Amen.
LIMA 1
ocmapj@pj.gob.pe
AELS
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
Registro de Mesa de Partes de la OCMA: 3698,3699,3700,3701 Y 3702-2010 QCE-027
Nos dirigimos a Usted para acusar recibo de su correo electrónico. Su comunicación ha sido impresa e ingresada por Mesa de Partes de la Oficina de Control de la Magistratura, con fecha 18 de Marzo de dos mil diez.
El orden de sus quejas recibidas y recepcionadas son las siguientes:
Queja Nº 01 - Registro en Ocma Nº 3698-2010
Queja Nº 02 - Registro en Ocma Nº 3699-2010
Queja Nº 03 - Registro en Ocma Nº 3700-2010
Queja Nº 04 - Registro en Ocma Nº 3701-2010
Queja Nº 05 - Registro en Ocma Nº 3702-2010
Atentamente,
Quejas por Correo Electrónico
Palacio de Justicia
Oficina N° 248 - 2° piso
Av. Paseo de la República s/n
LIMA 1
ocmapj@pj.gob.pe
AELS
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
Registro de Mesa de Partes de la OCMA: 3754-2010 QCE-029
Nos dirigimos a Usted para acusar recibo de su correo electrónico. Su comunicación ha sido impresa e ingresada por Mesa de Partes de la Oficina de Control de la Magistratura, con fecha 18 de Marzo de dos mil diez.
Atentamente,
Quejas por Correo Electrónico
Palacio de Justicia
Oficina N° 248 - 2° piso
Av. Paseo de la República s/n
Gracias a todos y muchas bendiciones de nuestro JEHOVA DIOS, Amen.
LIMA 1
ocmapj@pj.gob.pe
AELS
QUEJA Nº. 06-2010.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 06- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Victor Joe Manuel Enríquez Sumerinde.
Cargo : Juez.
Dependencia : Sexto Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución de la solicitud de Libertad Provisional de fecha: 19-03-2009. Declarado improcedente, solo porque faltaría realizar el peritaje contable y su ratificación. Esto no se realizo por motivos de los juzgadores de turno, y no por parte de mi persona. Solicitando mi persona con documentos que se realicen estos peritajes. Ya que esto probaría mi inocencia en este caso. Acusándolo solo por asociarme en forma legal según lo mandado por la ley del nuestro País. Aportando en forma correcta y según la condición económica que mantenía mis acciones. Y todas estas empresas se formaron para determinados rubros económicos y a ello se dedicaron. Además el capital social invertido en estas empresas es de solo S/. 320,000.00. la suma de S/. 8,000.00 de parte de mi persona y la suma de S/. 312,000.00, de mi ex socio. Dinero licito el cual esta totalmente probado. Mas no aun la suma de US$ 4´000,0000.00 que dice la acusación.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 06- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Victor Joe Manuel Enríquez Sumerinde.
Cargo : Juez.
Dependencia : Sexto Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución de la solicitud de Libertad Provisional de fecha: 19-03-2009. Declarado improcedente, solo porque faltaría realizar el peritaje contable y su ratificación. Esto no se realizo por motivos de los juzgadores de turno, y no por parte de mi persona. Solicitando mi persona con documentos que se realicen estos peritajes. Ya que esto probaría mi inocencia en este caso. Acusándolo solo por asociarme en forma legal según lo mandado por la ley del nuestro País. Aportando en forma correcta y según la condición económica que mantenía mis acciones. Y todas estas empresas se formaron para determinados rubros económicos y a ello se dedicaron. Además el capital social invertido en estas empresas es de solo S/. 320,000.00. la suma de S/. 8,000.00 de parte de mi persona y la suma de S/. 312,000.00, de mi ex socio. Dinero licito el cual esta totalmente probado. Mas no aun la suma de US$ 4´000,0000.00 que dice la acusación.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
QUEJA Nº. 05-2010.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 05- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Figueroa Navarro, Aranda Giraldo, Menacho Vega.
Cargo : Juez.
Dependencia : Quinta Sala Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución Nº. 602, del Inc. Nº. 12 -2008 – H. de fecha 02-01-2010. Declarado en parte procedente y en otra parte improcedente, porque se habría desvirtuado los iniciales medios probatorios que sirvieron para ordenar detención, más aun si lo que se advierte de autos es que estas solo se han atenuado o para ser más exactos se han debilitado. No siendo el caso de mi persona, porque no resultaron contundentes mis medios probatorios presentados para desvirtuar los cargos que el Ministerio Publico me ha formulado. Y porque los informes contables donde me incluyen no han sido desvirtuados. Motivo por el cual primero digo: que mi persona ha participado únicamente como socio en la constitución de cinco empresas con mi único ex socio, Daniel Eduardo Yabbur. Siendo mí persona un socio minoritario en todas las empresas. Por la calidad economía que mantenía, no pude intervenir más. Con esta condición no pude intervenir en la dirección o manejo de estas empresas por ser un accionista minoritario. (Solamente fui socio y ocupe el cargo en dos de ellas, de director el cual nunca lo ejercí). Estas empresas se constituyeron en forma legal por tal motivo yo invertí. Sobre los informes contables no los pude presentar porque nunca conté con la documentación de dichas empresas, ya que eso lo realizaría el Gerente y los encargados que manejaban
las empresas. Más aun tampoco lo hizo la parte del estado porque los peritos que se nombraban siempre estaban renunciando. A pesar que mi persona siempre curso documentos para que estos peritajes se realizaran de parte del estado, ya que estos demostrarían mi inocencia. Mi persona presento y sustento todo lo necesario para que pueda gozar de un beneficio de libertad y de esta manera poder trabajar y brindar a mi esposa y mis tres menores hijos el estudio y la alimentación debida, que siempre lo hice cuando estaba con ellos. Nunca quise evadir la justicia, esto esta comprobado durante el tiempo que estoy en este proceso, mas aun siempre ayude para que esto se esclarezca de forma legal. Además el capital social invertido en estas empresas es de solo S/. 320,000.00. la suma de S/. 8,000.00 de parte de mi persona, (S/. 2,000.00, en efectivo y S/. 6,000.00, en bienes muebles). Y la suma de S/. 312,000.00, de mi ex socio. Dinero licito el cual esta totalmente probado. Mas no aun la suma de US$ 4´000,0000.00 que dice la acusación.
Señores que por el hecho de haber invertido en mi País como socio en forma legal como manda la ley, puede alguien estar preso y abandonar a su familia en forma forzada, solo porque a mi ex socio supuestamente dicen que le entregaron dinero del narcotráfico, Este dicho nunca pudo probarse luego de haber transcurrido mas de 27 mese de investigación policial y judicial, no se ha logrado demostrar con medio probatorio idóneo que mi ex socio haya recibido dinero producto del TID. a afectos de formar empresas de fachada para realizar actos propios de Lavado de Activos provenientes del TID.
Porque aparezco como socio fundador y accionista en las empresas acusadas, cosa que mi persona nunca lo negó porque si he participado como socio en forma legal.
Porque he ejecutado la decisión de uno de los principales miembros mi ex socio, lo hice porque era un accionista minoritario y porque los que dirigían las empresas como Gerente General era mi ex socio y otros. Teniendo que entregarles los poderes que ellos me pedían para el desarrollo de las empresas, ya que siempre fueron manejadas por ellos.
Porque para mi persona siguen subsistiendo la acusaciones, pero para otros no.
Mis coprocesados en sus debidas declaraciones que han venido dando durante el proceso solo acreditan mi verdad y mi condición real en las empresas.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
* Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mí persona ha venido obteniendo con más de 20 años, de arduo y constante trabajo, (acabados ya todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, ( Rosa Elizabeth Utia Díaz, Esposa, Jorge Daniel Torres Utia, Hijo, 12 años, Miguel Josué Torres Utia, Hijo, 9 años, Rosa Elizabeth Torres Utia, Hija, 1 años y medio), quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia.
* No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta.
* Contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Comportamiento idóneo que siempre me he presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia.
* Que el Procurador siempre nos vio como acusados, mas no realizo sus investigaciones para dar informes correctos.
* Que debido al cambio constante de los jueces que se realizaron es este proceso, no pudimos tener un debido proceso y la atención debida a nuestra documentación de defensa. (Durante nuestro proceso hemos tenido cuatro jueces diferentes los cuales fueron cambiados en los momentos precisos para resolver nuestro pedido de variación), (Sr. Carlos Daniel Morales Córdova, (Diciembre del 2007 hasta Enero del 2009), aproximadamente 13 meses en el cargo. Sr. Cesar Augusto Vásquez Arana, (Enero del 2009 hasta Febrero del 2009), aproximadamente 40 días en el cargo. Sr. Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde, (Marzo del 2009 hasta Julio del 2009), aproximadamente 6 meses en el cargo. Sr. Jorge Octavio Barreto Herrera, hasta la fecha.) Porque estos hechos siguen sucediendo con la sala que contamos, que a pesar de contar con dicha sala despues de más de un año y 9 meses de juzgamiento. Cada vez que van ha ver un pedido, han venido cambiándose, en mas de tres oportunidades. (Verificadas en las resoluciones emitidas por ellos).
* Mis coprocesados que supuestamente habrían entregado el dinero a mi ex socio, han llegado a alcanzar beneficios para su comparecencia libre y ratificada por la sala. Como es el caso de los Sr. Edgar Benjamin Chirinos Medina y Máximo Zadi Desme Hurtado, ya que con sus defensas han desvirtuado y han debilitado este proceso debidamente.
* Que la acusación iniciada viene e un reo prontuariado y un extranjero que en la actualidad se encuentra con orden de captura y no es hallado para decir la verdad. (Acepto haber extorsionado a mi ex socio en el penal de Miguel Castro Castro).
* Mis coprocesados que han demostrado que por haber constituido empresa con los acusados directos, Sergio Marcelo Fontanellas Bobo y mi ex socio Daniel Eduardo Yabbur, han alcanzado beneficios de comparecencia libre dados por la sala. Habiendo hecho ver a los juzgadores que uno esta en libertad de invertir basándose en la buena fe de las personas e invierte amparándose a las leyes de nuestro País. Caso: Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas, Milagros Vanessa Vela Alves Milho y Manuel Italo Vela Alves Milho.
* Mi coprocesada que ha demostrado que cuando somos inocentes nos presentamos ante la justicia cuando nos lo requiera y cumplimos siempre con nuestro País, caso mi esposa Rosa Elizabeth Utia Díaz, acusada por haber estado solo como directora en dos empresas, cargo que se le puso para cubrir el requisito legal para la constitución de las empresas. Donde mi persona participo como accionista y nunca ella ejerciendo este cargo, demostrado durante el proceso y ratificado por el Gerente General y los demás coprocesados.
* Peritos no habilitados en su momento que hicieron estos informes para la acusación. Comprobados según documentos presentados por mi ex socio en su defensa.
* No se tomo en cuenta que mi persona siempre pidió la comparecencia solamente para poder trabajar para el beneficio de su familia, mas no para evadir su responsabilidad, pidiendo hasta el arresto domiciliario para poder realizar trabajo alguno.
* Que por estar totalmente destruido económicamente siendo inocente y teniendo familia que sostener. Por tal motivo hago alcanzar estos documentos para que puedan ser revisados por su despacho y así poder alcanzar un beneficio de libertad para reanudar mi economía familiar y no dejar desamparados a mi esposa e hijos y seguir este proceso dignamente, cumpliendo con lo mandado por mis juzgadores y seguir este proceso en libertad y demostrares que mi persona es totalmente inocente de todos los cargos que se le acusan.
Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho. Es propicio comunicarles y mi obligación decirles que mi persona es Cristiana, que he recibido a mi Salvador y Señor JESUCRISTO en mi vida y la de mi Familia, hace mas de un año y 8 meses. Por tal motivo se que alcanzare Justicia.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 05- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Figueroa Navarro, Aranda Giraldo, Menacho Vega.
Cargo : Juez.
Dependencia : Quinta Sala Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución Nº. 602, del Inc. Nº. 12 -2008 – H. de fecha 02-01-2010. Declarado en parte procedente y en otra parte improcedente, porque se habría desvirtuado los iniciales medios probatorios que sirvieron para ordenar detención, más aun si lo que se advierte de autos es que estas solo se han atenuado o para ser más exactos se han debilitado. No siendo el caso de mi persona, porque no resultaron contundentes mis medios probatorios presentados para desvirtuar los cargos que el Ministerio Publico me ha formulado. Y porque los informes contables donde me incluyen no han sido desvirtuados. Motivo por el cual primero digo: que mi persona ha participado únicamente como socio en la constitución de cinco empresas con mi único ex socio, Daniel Eduardo Yabbur. Siendo mí persona un socio minoritario en todas las empresas. Por la calidad economía que mantenía, no pude intervenir más. Con esta condición no pude intervenir en la dirección o manejo de estas empresas por ser un accionista minoritario. (Solamente fui socio y ocupe el cargo en dos de ellas, de director el cual nunca lo ejercí). Estas empresas se constituyeron en forma legal por tal motivo yo invertí. Sobre los informes contables no los pude presentar porque nunca conté con la documentación de dichas empresas, ya que eso lo realizaría el Gerente y los encargados que manejaban
las empresas. Más aun tampoco lo hizo la parte del estado porque los peritos que se nombraban siempre estaban renunciando. A pesar que mi persona siempre curso documentos para que estos peritajes se realizaran de parte del estado, ya que estos demostrarían mi inocencia. Mi persona presento y sustento todo lo necesario para que pueda gozar de un beneficio de libertad y de esta manera poder trabajar y brindar a mi esposa y mis tres menores hijos el estudio y la alimentación debida, que siempre lo hice cuando estaba con ellos. Nunca quise evadir la justicia, esto esta comprobado durante el tiempo que estoy en este proceso, mas aun siempre ayude para que esto se esclarezca de forma legal. Además el capital social invertido en estas empresas es de solo S/. 320,000.00. la suma de S/. 8,000.00 de parte de mi persona, (S/. 2,000.00, en efectivo y S/. 6,000.00, en bienes muebles). Y la suma de S/. 312,000.00, de mi ex socio. Dinero licito el cual esta totalmente probado. Mas no aun la suma de US$ 4´000,0000.00 que dice la acusación.
Señores que por el hecho de haber invertido en mi País como socio en forma legal como manda la ley, puede alguien estar preso y abandonar a su familia en forma forzada, solo porque a mi ex socio supuestamente dicen que le entregaron dinero del narcotráfico, Este dicho nunca pudo probarse luego de haber transcurrido mas de 27 mese de investigación policial y judicial, no se ha logrado demostrar con medio probatorio idóneo que mi ex socio haya recibido dinero producto del TID. a afectos de formar empresas de fachada para realizar actos propios de Lavado de Activos provenientes del TID.
Porque aparezco como socio fundador y accionista en las empresas acusadas, cosa que mi persona nunca lo negó porque si he participado como socio en forma legal.
Porque he ejecutado la decisión de uno de los principales miembros mi ex socio, lo hice porque era un accionista minoritario y porque los que dirigían las empresas como Gerente General era mi ex socio y otros. Teniendo que entregarles los poderes que ellos me pedían para el desarrollo de las empresas, ya que siempre fueron manejadas por ellos.
Porque para mi persona siguen subsistiendo la acusaciones, pero para otros no.
Mis coprocesados en sus debidas declaraciones que han venido dando durante el proceso solo acreditan mi verdad y mi condición real en las empresas.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
* Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mí persona ha venido obteniendo con más de 20 años, de arduo y constante trabajo, (acabados ya todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, ( Rosa Elizabeth Utia Díaz, Esposa, Jorge Daniel Torres Utia, Hijo, 12 años, Miguel Josué Torres Utia, Hijo, 9 años, Rosa Elizabeth Torres Utia, Hija, 1 años y medio), quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia.
* No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta.
* Contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Comportamiento idóneo que siempre me he presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia.
* Que el Procurador siempre nos vio como acusados, mas no realizo sus investigaciones para dar informes correctos.
* Que debido al cambio constante de los jueces que se realizaron es este proceso, no pudimos tener un debido proceso y la atención debida a nuestra documentación de defensa. (Durante nuestro proceso hemos tenido cuatro jueces diferentes los cuales fueron cambiados en los momentos precisos para resolver nuestro pedido de variación), (Sr. Carlos Daniel Morales Córdova, (Diciembre del 2007 hasta Enero del 2009), aproximadamente 13 meses en el cargo. Sr. Cesar Augusto Vásquez Arana, (Enero del 2009 hasta Febrero del 2009), aproximadamente 40 días en el cargo. Sr. Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde, (Marzo del 2009 hasta Julio del 2009), aproximadamente 6 meses en el cargo. Sr. Jorge Octavio Barreto Herrera, hasta la fecha.) Porque estos hechos siguen sucediendo con la sala que contamos, que a pesar de contar con dicha sala despues de más de un año y 9 meses de juzgamiento. Cada vez que van ha ver un pedido, han venido cambiándose, en mas de tres oportunidades. (Verificadas en las resoluciones emitidas por ellos).
* Mis coprocesados que supuestamente habrían entregado el dinero a mi ex socio, han llegado a alcanzar beneficios para su comparecencia libre y ratificada por la sala. Como es el caso de los Sr. Edgar Benjamin Chirinos Medina y Máximo Zadi Desme Hurtado, ya que con sus defensas han desvirtuado y han debilitado este proceso debidamente.
* Que la acusación iniciada viene e un reo prontuariado y un extranjero que en la actualidad se encuentra con orden de captura y no es hallado para decir la verdad. (Acepto haber extorsionado a mi ex socio en el penal de Miguel Castro Castro).
* Mis coprocesados que han demostrado que por haber constituido empresa con los acusados directos, Sergio Marcelo Fontanellas Bobo y mi ex socio Daniel Eduardo Yabbur, han alcanzado beneficios de comparecencia libre dados por la sala. Habiendo hecho ver a los juzgadores que uno esta en libertad de invertir basándose en la buena fe de las personas e invierte amparándose a las leyes de nuestro País. Caso: Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas, Milagros Vanessa Vela Alves Milho y Manuel Italo Vela Alves Milho.
* Mi coprocesada que ha demostrado que cuando somos inocentes nos presentamos ante la justicia cuando nos lo requiera y cumplimos siempre con nuestro País, caso mi esposa Rosa Elizabeth Utia Díaz, acusada por haber estado solo como directora en dos empresas, cargo que se le puso para cubrir el requisito legal para la constitución de las empresas. Donde mi persona participo como accionista y nunca ella ejerciendo este cargo, demostrado durante el proceso y ratificado por el Gerente General y los demás coprocesados.
* Peritos no habilitados en su momento que hicieron estos informes para la acusación. Comprobados según documentos presentados por mi ex socio en su defensa.
* No se tomo en cuenta que mi persona siempre pidió la comparecencia solamente para poder trabajar para el beneficio de su familia, mas no para evadir su responsabilidad, pidiendo hasta el arresto domiciliario para poder realizar trabajo alguno.
* Que por estar totalmente destruido económicamente siendo inocente y teniendo familia que sostener. Por tal motivo hago alcanzar estos documentos para que puedan ser revisados por su despacho y así poder alcanzar un beneficio de libertad para reanudar mi economía familiar y no dejar desamparados a mi esposa e hijos y seguir este proceso dignamente, cumpliendo con lo mandado por mis juzgadores y seguir este proceso en libertad y demostrares que mi persona es totalmente inocente de todos los cargos que se le acusan.
Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho. Es propicio comunicarles y mi obligación decirles que mi persona es Cristiana, que he recibido a mi Salvador y Señor JESUCRISTO en mi vida y la de mi Familia, hace mas de un año y 8 meses. Por tal motivo se que alcanzare Justicia.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
QUEJA Nº. 04-2010.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 04- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Octavio Barreto Herrera.
Cargo : Juez.
Dependencia : Tercer Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución del pedido de variación del mandato de detención de fecha: 31-07-2009. Declarado improcedente. Por conceptos que no se explica en la resolución, esto debido a que el Juez anterior que estaba llevando el caso en forma normal e investigando para dar una resolución en forma correcta y legal. Cambiado antes de dar su resolución (Juez Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerindo), quien a dado variación a dos inculpados directos. Pasando a manos del Juez actual y en menos de 20 días, resolviendo sin revisar e investigar la documentación y actuados respectivamente. Motivo por el cual realizamos la apelación y nos la concedieron. Debido a que recién después de casi 1 año y 8 meses tenemos una sala competente. La historia de los Jueces de mi proceso:
(Sr. Carlos Daniel Morales Córdova, (Diciembre del 2007 hasta Enero del 2009), aproximadamente 13 meses en el cargo. Sr. Cesar Augusto Vásquez Arana, (Enero del 2009 hasta Febrero del 2009), aproximadamente 40 días en el cargo. Sr. Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde, (Marzo del 2009 hasta Julio del 2009), aproximadamente 6 meses en el cargo. Sr. Jorge Octavio Barreto Herrera, hasta la fecha.). Todos estos hechos realizados. Pueden ser posibles y legales en un proceso.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 04- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Octavio Barreto Herrera.
Cargo : Juez.
Dependencia : Tercer Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución del pedido de variación del mandato de detención de fecha: 31-07-2009. Declarado improcedente. Por conceptos que no se explica en la resolución, esto debido a que el Juez anterior que estaba llevando el caso en forma normal e investigando para dar una resolución en forma correcta y legal. Cambiado antes de dar su resolución (Juez Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerindo), quien a dado variación a dos inculpados directos. Pasando a manos del Juez actual y en menos de 20 días, resolviendo sin revisar e investigar la documentación y actuados respectivamente. Motivo por el cual realizamos la apelación y nos la concedieron. Debido a que recién después de casi 1 año y 8 meses tenemos una sala competente. La historia de los Jueces de mi proceso:
(Sr. Carlos Daniel Morales Córdova, (Diciembre del 2007 hasta Enero del 2009), aproximadamente 13 meses en el cargo. Sr. Cesar Augusto Vásquez Arana, (Enero del 2009 hasta Febrero del 2009), aproximadamente 40 días en el cargo. Sr. Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde, (Marzo del 2009 hasta Julio del 2009), aproximadamente 6 meses en el cargo. Sr. Jorge Octavio Barreto Herrera, hasta la fecha.). Todos estos hechos realizados. Pueden ser posibles y legales en un proceso.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
QUEJA Nº. 03-2010.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 03- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Cesar Augusto Vásquez Arana.
Cargo : Juez.
Dependencia : Sexto Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución de la Solicitud de variación de Mandato de Detención de fecha: 29-01-2009. Declarado improcedente. Porque aun se mantienen subsistentes los elementos de juicio incriminatorias que motivaron la medida coercitiva de detención; Reconociendo el mismo Sr. Juez que mi persona ha sustentado la no existencia de peligro procesal y a presentado pruebas sustentatorias para su defensa y mas aun reconoce que mi persona a presentado cartas notariales y publicaciones renunciando a las sociedades para no tener injerencia alguna durante el proceso. Y que después de reconocer y valorar todos estos hechos declara que no se han incorporado nuevos elementos probatorios. Desistiéndome de la apelación del mandato de variación por no contar hasta la fecha con una sala competente. Ofreciendo testigos en dos oportunidades, testigos que acreditan la calidad de mi persona por años, solicitando informe oral y presentando más alegatos para mejor resolver mi situación jurídica. Mas aun cambiándome de Juez en el momento de tomar la decisión sobre mi situación. (El anterior Juez estuvo desde el comienzo del proceso Sr. Carlos Daniel Morales Córdova, Diciembre del 2007 hasta Enero del 2009, un tiempo de 13 meses investigando para dar un resultado y nos cambian de Juez Sr. Cesar Augusto Vásquez Arana, Enero del 2009 hasta Febrero del 2009, aproximadamente 40 días en el cargo y durante este corto tiempo nos resuelve nuestro pedido de variación, sin haber podido leer todo lo actuado e investigar de forma correcta), puede esto ser posible y legal.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 03- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Cesar Augusto Vásquez Arana.
Cargo : Juez.
Dependencia : Sexto Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución de la Solicitud de variación de Mandato de Detención de fecha: 29-01-2009. Declarado improcedente. Porque aun se mantienen subsistentes los elementos de juicio incriminatorias que motivaron la medida coercitiva de detención; Reconociendo el mismo Sr. Juez que mi persona ha sustentado la no existencia de peligro procesal y a presentado pruebas sustentatorias para su defensa y mas aun reconoce que mi persona a presentado cartas notariales y publicaciones renunciando a las sociedades para no tener injerencia alguna durante el proceso. Y que después de reconocer y valorar todos estos hechos declara que no se han incorporado nuevos elementos probatorios. Desistiéndome de la apelación del mandato de variación por no contar hasta la fecha con una sala competente. Ofreciendo testigos en dos oportunidades, testigos que acreditan la calidad de mi persona por años, solicitando informe oral y presentando más alegatos para mejor resolver mi situación jurídica. Mas aun cambiándome de Juez en el momento de tomar la decisión sobre mi situación. (El anterior Juez estuvo desde el comienzo del proceso Sr. Carlos Daniel Morales Córdova, Diciembre del 2007 hasta Enero del 2009, un tiempo de 13 meses investigando para dar un resultado y nos cambian de Juez Sr. Cesar Augusto Vásquez Arana, Enero del 2009 hasta Febrero del 2009, aproximadamente 40 días en el cargo y durante este corto tiempo nos resuelve nuestro pedido de variación, sin haber podido leer todo lo actuado e investigar de forma correcta), puede esto ser posible y legal.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
QUEJA Nº. 02-2010.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 02- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Carlos Daniel Morales Córdova.
Cargo : Juez.
Dependencia : Sexto Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado Procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución de Variación del Mandato de Detención de fecha: 11-08-2008. Declarado improcedente, porque no se ha cumplido con realizar todas las diligencias necesarias para lograr el objeto de la instrucción en el presente proceso. Habiendo mi persona presentado pruebas que desvirtúan mi acusación y habiendo declarado oralmente. No pudiendo él Sr. Juez completar la investigación debido a sus compromisos personales y jurídicos. Existiendo documentación de parte del estado, que esta entorpeciendo esta investigación. (No aceptan los peritos contables, No contamos con una Sala competente), haciendo estos hechos que me desista de mi apelación al mandato de variación improcedente. Porque hasta ahora no tenemos una Sala definida. Dejándome en la cárcel por asociarme en forma legal como manda la Ley de nuestro País.
No se tomo en cuanta que mi persona ha presentado cartas notariales y su publicación debida, de la renuncia a todas estas empresas como socio y director. Para así no poder interferir en este proceso como socio y/o director. Estando imposibilitado de participar en cualquier decisión y/o acción que tomen estas empresas.
Constancia de Trabajo a nivel nacional.
Constancia de Vivienda en la ciudad de Lima e Iquitos.
Pruebas que demuestran mi verdadera participación como socio en estas empresas.
Declaración jurada de mis coprocesados ue ratifican mi condición de socio en las empresas.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 02- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Carlos Daniel Morales Córdova.
Cargo : Juez.
Dependencia : Sexto Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado Procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Resolución de Variación del Mandato de Detención de fecha: 11-08-2008. Declarado improcedente, porque no se ha cumplido con realizar todas las diligencias necesarias para lograr el objeto de la instrucción en el presente proceso. Habiendo mi persona presentado pruebas que desvirtúan mi acusación y habiendo declarado oralmente. No pudiendo él Sr. Juez completar la investigación debido a sus compromisos personales y jurídicos. Existiendo documentación de parte del estado, que esta entorpeciendo esta investigación. (No aceptan los peritos contables, No contamos con una Sala competente), haciendo estos hechos que me desista de mi apelación al mandato de variación improcedente. Porque hasta ahora no tenemos una Sala definida. Dejándome en la cárcel por asociarme en forma legal como manda la Ley de nuestro País.
No se tomo en cuanta que mi persona ha presentado cartas notariales y su publicación debida, de la renuncia a todas estas empresas como socio y director. Para así no poder interferir en este proceso como socio y/o director. Estando imposibilitado de participar en cualquier decisión y/o acción que tomen estas empresas.
Constancia de Trabajo a nivel nacional.
Constancia de Vivienda en la ciudad de Lima e Iquitos.
Pruebas que demuestran mi verdadera participación como socio en estas empresas.
Declaración jurada de mis coprocesados ue ratifican mi condición de socio en las empresas.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado y no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
I X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
QUEJA Nº 01-2010.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 01- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Carlos Daniel Morales Córdova.
Cargo : Juez.
Dependencia : Sexto Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado Procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Mi desaprobación sobre el Auto de Instrucción de fecha 21-12-2007, donde me formalizan denuncia por resultar (Presunto Autor en Lavado de Activos en la Modalidad de Ocultamiento y Tenencia Agravio del estado). Por haberme asociado con uno de los acusados: (Daniel Eduardo Yabbur) en la constitución de dos empresas en el año 2004 y tres en el año 2005. Estando estas empresas constituidas en forma legal. Según lo mandado por la Ley. Siendo mi persona socio con la minoría de acciones en las empresas, habiendo aportado mi capital social según mi condición social, más no aun haber prestado mi nombre para la constitución de ellas. No pudiendo intervenir en el desarrollo económico y comercial de las empresas, por la minoría de mis acciones, no desarrollando cargo alguno, recibiendo mis utilidades de acuerdo a mis aportaciones en forma legal. Colaborando siempre con la Policía y autoridades durante la investigación respectiva y siempre acudiendo al llamado de ellos en la primera citación. Además las empresas que constituimos con mi ex socio, el capital total asciende a la suma de S/. 320,000.00, totalmente. Aportando mi persona en Efectivo S/. 2,000.00 y en bienes muebles S/. 6,000.00, haciendo un total de aportaciones de S/. 8,000.00.
Y mi ex socio la suma de S/. 312,000.00, Haciendo esto un capital invertido de S/. 320,000.00. Más no la suma de US$ 4´000,000.00, que dice la acusación. Estas empresas se formaron para un objeto comercial y a eso siempre se han dedicado. Las dos primeras a la obtención de Activos (Embarcaciones y Maquinaria), lo reflejan sus Activos, Pasivos y Patrimonios. Y las tres restantes para prestar servicios de transporte fluvial. Dando servicios a las diferentes empresas Petroleras de nuestro País como: Pluspetrol, Pluspetrol Norte, Techint, Barret, Consorcio Vial Nauta, Simai Iquitos. Siendo estas empresas de prestigio en nuestro País. No explicándome la acusación hecha a mí persona. Teniendo mí persona una economía y vida normal. Verificado por la policía en el tiempo de la investigación. Trabajando desde la edad de los 15 años, Teniendo en la actualidad. Esposa y tres menores hijos. Conformando mi familia de acuerdo a Ley. Oro para que se realice verdadera Justicia en mi caso. Pidiéndoles investigar y que se plasme la verdad. Para poder seguir trabajando y cumplir como Padre y Ciudadano con mi Familia y País.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
IX.- MI HISTORIA.
Nací en la Selva de nuestro País, en la ciudad de Nauta, el 25-06-1972. Mis padres: Jorge Torres Mosqueda, Comerciante y Noelina Díaz de Torres, Educadora del Estado (Maestra). Tengo 11 hermanos. Vine a la ciudad de Iquitos a los 5 años de edad, estudie mi primaria y secundaria en esta ciudad, aquí empecé a trabajar desde la edad de 10 años, debido a la economía normal que mantenían mis padres. Siempre fui ambicioso, trabajador y quise salir adelante para ayudar a mi familia. Terminando mi secundaria comencé a trabajar en el mercado, después en diferentes empresas de mi localidad: (Banco Interbank, Comercial Padilla Hermanos, Comercial Tamashiro, Aris Burger, Fabrica de Hielos La Pradera, Hotel Cristal, Maderera Caupuri Exportaciones, Comercial Iquitos, Venta de Lubricantes CIMESA, Venta de lubricantes CILUSA) y posteriormente haber juntado un capital trabaje en el rubro del comercio informal debido a la amplia experiencia de mi padre. Construí mi casa en la huerta de mi Mamá que me lo dio durante los años 1992 a 1994. Constituí un hogar de forma legal, contrayendo matrimonio en lo Civil y Religioso con mi esposa: Rosa Elizabeth Utia Díaz, en el año 1995. Seguí trabajando en mí cuidad en los diferentes rubros comerciales constituí, empresas como: Bar Billar, Ubicado en la calle Putumayo, año 1994. Comercial Freyre, dedicado la venta de ropa y joyas, año 1995.
Ubicado en la calle Freyre. Trajimos al mundo a nuestro primer hijo: Jorge Daniel Torres Utia, año 1997. Licorería Jordat, ubicado en Calle castilla. Lubricantes Jordat, Ubicado en Calle Castilla. Trajimos al mundo a nuestro segundo hijo: Miguel Josué Torres Utia, año 2000. Cebichería La Posada del Pescador, ubicado atrás del Parque Zonal de Iquitos año 2003. Durante todo este tiempo estuve dedicándome también adicionalmente al rubro del comercio informal como: Compra y venta de productos de la selva: Maíz, Plátanos, Animales vacunos y porcinos, etc. Participando en la Construcción de un Negocio familiar un Bar y Discoteca durante los años 2000 al 2005. En el año 2003, le vendí un terreno a mi ex socio, esto fue el inicio de nuestra relación laborar: posteriormente en el año 2004, nos asociamos en la constitución de dos empresas para el rubro de compra y alquiler de maquinaria y embarcaciones. Poniéndole a ambas el nombre de Arg-Per, por habernos asociado un Argentino y un Peruano. En el año 2005, nos asociamos en la constitución de tres empresas mas para el rubro de alquiler de embarcaciones y maquinaria a las petroleras de nuestra localidad y País. También dedicándome al rubro de espectáculos y eventos a nivel nacional como: Fiestas sociales con los diferentes Grupos de Moda de nuestro País en todo el País y Eventos de Bingos y Rifas a Nivel de Ciudades. Detenido el 10 de diciembre del 2007, en mi ciudad y traído el 13-12-2007 a la capital vía vuelo con mis coprocesador, internado en el Penal de Miguel Castro Castro el 21-12-2007. Hasta la Fecha. No pudiendo realizar una defensa correcta debido a que en esta ciudad no conocía a nadie y nadie me conocía. Siendo sorprendido por un abogado de esta ciudad a inicios de mi defensa. No teniendo visita de mi familia por la economía que mantenemos actualmente.
X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA - OCMA
SUMILLA : QUEJA Nº 01- 2010.
I.- DATOS SOBRE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Jorge Miguel Torres Díaz.
Documento de Identidad : 05363058.
Domicilio Real : E. P. Miguel Castro Castro – Pabellón 3-B.
Domicilio Procesal : Casilla Nº. 22459 CNPJ – JUZGADOS COMERCIALES.
Correo Electrónico : jorgemigueltd@gmail.com.
I I.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA O DENUNCIA
Nombre : Carlos Daniel Morales Córdova.
Cargo : Juez.
Dependencia : Sexto Juzgado Penal Especial – Corte Superior de Justicia de Lima.
I I I.- ESPECIALIDAD: Penal.
I V.- TIPO DE PROCESO JUDICIAL: Ordinario.
V.- DEMANDANTE / AGRAVIADOS: Ministerio Publico / Republica Del Perú.
V I.- DATOS PROCESALES
Estado Procesal del Expediente: Proceso.
Nº del Expediente : 107-2007.
Materia : Lavado de Activos – Provenientes del TID.
Juzgado / Sala: Tercer Juzgado Especial Anticorrupción / Quinta Sala Penal Especial.
V I I.- RELACIÒN DE LOS HEHOS QUE MOTIVAN LA QUEJA O DENUNCIA
Mi desaprobación sobre el Auto de Instrucción de fecha 21-12-2007, donde me formalizan denuncia por resultar (Presunto Autor en Lavado de Activos en la Modalidad de Ocultamiento y Tenencia Agravio del estado). Por haberme asociado con uno de los acusados: (Daniel Eduardo Yabbur) en la constitución de dos empresas en el año 2004 y tres en el año 2005. Estando estas empresas constituidas en forma legal. Según lo mandado por la Ley. Siendo mi persona socio con la minoría de acciones en las empresas, habiendo aportado mi capital social según mi condición social, más no aun haber prestado mi nombre para la constitución de ellas. No pudiendo intervenir en el desarrollo económico y comercial de las empresas, por la minoría de mis acciones, no desarrollando cargo alguno, recibiendo mis utilidades de acuerdo a mis aportaciones en forma legal. Colaborando siempre con la Policía y autoridades durante la investigación respectiva y siempre acudiendo al llamado de ellos en la primera citación. Además las empresas que constituimos con mi ex socio, el capital total asciende a la suma de S/. 320,000.00, totalmente. Aportando mi persona en Efectivo S/. 2,000.00 y en bienes muebles S/. 6,000.00, haciendo un total de aportaciones de S/. 8,000.00.
Y mi ex socio la suma de S/. 312,000.00, Haciendo esto un capital invertido de S/. 320,000.00. Más no la suma de US$ 4´000,000.00, que dice la acusación. Estas empresas se formaron para un objeto comercial y a eso siempre se han dedicado. Las dos primeras a la obtención de Activos (Embarcaciones y Maquinaria), lo reflejan sus Activos, Pasivos y Patrimonios. Y las tres restantes para prestar servicios de transporte fluvial. Dando servicios a las diferentes empresas Petroleras de nuestro País como: Pluspetrol, Pluspetrol Norte, Techint, Barret, Consorcio Vial Nauta, Simai Iquitos. Siendo estas empresas de prestigio en nuestro País. No explicándome la acusación hecha a mí persona. Teniendo mí persona una economía y vida normal. Verificado por la policía en el tiempo de la investigación. Trabajando desde la edad de los 15 años, Teniendo en la actualidad. Esposa y tres menores hijos. Conformando mi familia de acuerdo a Ley. Oro para que se realice verdadera Justicia en mi caso. Pidiéndoles investigar y que se plasme la verdad. Para poder seguir trabajando y cumplir como Padre y Ciudadano con mi Familia y País.
V I I I.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA O DENUNCIA
Mi Libertad con las condiciones que mi País me lo señale. Debido a que mi persona esta retenido en un penal por el tiempo de 27 meses, siendo procesado no hallando culpabilidad alguna durante este tiempo, destruyendo una unión y economía familiar que mi persona ha venido obteniendo desde mas de 20 años con arduo y constante trabajo, (acabando todos nuestros ahorros). Mas aun dejando desamparados a mi esposa y mis tres menores hijos, quitándoles la protección, alimento y estudio debido. Siendo mi persona el único sostén de mi familia. No habiendo cometido delito alguno. Ya que cuando me asocie con mi ex socio no tenia proceso alguno en el Perú y ni en el Mundo. (Verificado durante el proceso). Habiendo primero celebrado un contrato de compra-venta de un terreno. (Inicio de mi relación comercial). Asociándome en forma legal y correcta. Además contado con domicilio legal en la ciudad de Lima, e Iquitos, Garantía Hipotecaria, Custodia, Trabajo. Siempre presentándome a la justicia cuando me citaron y lo seguiré haciendo hasta que este proceso se termine y se demuestre mi inocencia. Pido a mi País y a los que imparten la Justicia en ella, que la alcancemos todos. Oro por eso. Por eso recurro a su despacho.
IX.- MI HISTORIA.
Nací en la Selva de nuestro País, en la ciudad de Nauta, el 25-06-1972. Mis padres: Jorge Torres Mosqueda, Comerciante y Noelina Díaz de Torres, Educadora del Estado (Maestra). Tengo 11 hermanos. Vine a la ciudad de Iquitos a los 5 años de edad, estudie mi primaria y secundaria en esta ciudad, aquí empecé a trabajar desde la edad de 10 años, debido a la economía normal que mantenían mis padres. Siempre fui ambicioso, trabajador y quise salir adelante para ayudar a mi familia. Terminando mi secundaria comencé a trabajar en el mercado, después en diferentes empresas de mi localidad: (Banco Interbank, Comercial Padilla Hermanos, Comercial Tamashiro, Aris Burger, Fabrica de Hielos La Pradera, Hotel Cristal, Maderera Caupuri Exportaciones, Comercial Iquitos, Venta de Lubricantes CIMESA, Venta de lubricantes CILUSA) y posteriormente haber juntado un capital trabaje en el rubro del comercio informal debido a la amplia experiencia de mi padre. Construí mi casa en la huerta de mi Mamá que me lo dio durante los años 1992 a 1994. Constituí un hogar de forma legal, contrayendo matrimonio en lo Civil y Religioso con mi esposa: Rosa Elizabeth Utia Díaz, en el año 1995. Seguí trabajando en mí cuidad en los diferentes rubros comerciales constituí, empresas como: Bar Billar, Ubicado en la calle Putumayo, año 1994. Comercial Freyre, dedicado la venta de ropa y joyas, año 1995.
Ubicado en la calle Freyre. Trajimos al mundo a nuestro primer hijo: Jorge Daniel Torres Utia, año 1997. Licorería Jordat, ubicado en Calle castilla. Lubricantes Jordat, Ubicado en Calle Castilla. Trajimos al mundo a nuestro segundo hijo: Miguel Josué Torres Utia, año 2000. Cebichería La Posada del Pescador, ubicado atrás del Parque Zonal de Iquitos año 2003. Durante todo este tiempo estuve dedicándome también adicionalmente al rubro del comercio informal como: Compra y venta de productos de la selva: Maíz, Plátanos, Animales vacunos y porcinos, etc. Participando en la Construcción de un Negocio familiar un Bar y Discoteca durante los años 2000 al 2005. En el año 2003, le vendí un terreno a mi ex socio, esto fue el inicio de nuestra relación laborar: posteriormente en el año 2004, nos asociamos en la constitución de dos empresas para el rubro de compra y alquiler de maquinaria y embarcaciones. Poniéndole a ambas el nombre de Arg-Per, por habernos asociado un Argentino y un Peruano. En el año 2005, nos asociamos en la constitución de tres empresas mas para el rubro de alquiler de embarcaciones y maquinaria a las petroleras de nuestra localidad y País. También dedicándome al rubro de espectáculos y eventos a nivel nacional como: Fiestas sociales con los diferentes Grupos de Moda de nuestro País en todo el País y Eventos de Bingos y Rifas a Nivel de Ciudades. Detenido el 10 de diciembre del 2007, en mi ciudad y traído el 13-12-2007 a la capital vía vuelo con mis coprocesador, internado en el Penal de Miguel Castro Castro el 21-12-2007. Hasta la Fecha. No pudiendo realizar una defensa correcta debido a que en esta ciudad no conocía a nadie y nadie me conocía. Siendo sorprendido por un abogado de esta ciudad a inicios de mi defensa. No teniendo visita de mi familia por la economía que mantenemos actualmente.
X.- DEMANDADOS:
1.- Vladimiro Montesinos Torres.
2.- Fernando Melciades Zevallos Gonzáles.
3.- Edgar Benjamin Chirinos Medina.
4.- Máximo Zadi Desme Hurtado.
5.- Sergio Marcelo Fontanellas Bobo.
6.- Daniel Eduardo Yabbur.
7.- Lourdes Lucio Caballero Miguel.
8.- Edgar Rene Ynuma Aquituari.
9.- Jorge Miguel Torres Díaz.
10.- Carlos Augusto Yaicate Sarmiento.
11.- Arturo Arevalo Michi.
12.- Salvador Benaun García.
13.- José Luis Padilla Castro.
14.- Otilia Aldina Vela Alves Milho de Fontanellas.
15.- Milagros Vanessa Vela Alves Milho.
16.- Rosa Elizabeth Utia Díaz.
17.- Manuel Italo Vela Alves Milho.
Penal de Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho, Marzo del 2010.
----------------------------
Jorge Miguel Torres Díaz.
DNI Nº. 05363058.
FIRMA
CONOZCAN LA REALIDAD DE UN PROCESO JUDICIAL MAL LLEVADO.
Hermanos aqui les escribo y muestro el proceso irregular que estoy soportando debido a que no cuento con recursos: (Dinero, Conocidos, Abogados de nombre y otros). Mediante quejas que he presentado via correo ante las OCMA, que tambien lo hare en forma escrita para adjuntar las pruebas. les doy a conocer todo lo que he venido soportando durante estos 27 meses de carcelria aqui en el Penal de Miguel Castro Castro. utilizo este medio por ser de muy bajo costo y publico para dar a conocer a todos en general lo que viene pasando ami persona, algunos datos.
1- En este proceso nos han cambiado hasta en cuatro oportunidades a los jueces. dos de ellos que se quedaron mas de seis meses, fueron cambiados al momento de dar sus opiniones.
2.- Tuvimos una sala competente recien al año y 8 meses del proceso, para que nos atendiesen. y han venido cambiandose cada vez que se pronuncian por algo.
3.- Los Policias que hicieron la documentacion para nuestra acusacion no estaban habiles al momento de realizarlos.
4.- Coprocesados acusados directos, que mediante documentacion han sustentado y han desvirtuado y debilitado la acusacion, llegaron a tener beneficios de libertad y ratificados por la sala.
5.- Y otros mas.
Hermanos aqui les escribo las seis quejas paraque los lean y vean la injusticia que estoy pasando.
1- En este proceso nos han cambiado hasta en cuatro oportunidades a los jueces. dos de ellos que se quedaron mas de seis meses, fueron cambiados al momento de dar sus opiniones.
2.- Tuvimos una sala competente recien al año y 8 meses del proceso, para que nos atendiesen. y han venido cambiandose cada vez que se pronuncian por algo.
3.- Los Policias que hicieron la documentacion para nuestra acusacion no estaban habiles al momento de realizarlos.
4.- Coprocesados acusados directos, que mediante documentacion han sustentado y han desvirtuado y debilitado la acusacion, llegaron a tener beneficios de libertad y ratificados por la sala.
5.- Y otros mas.
Hermanos aqui les escribo las seis quejas paraque los lean y vean la injusticia que estoy pasando.
lunes, 15 de marzo de 2010
HOLA PRESOS Y LIBRES EN NUESTRO PAIS
Hermanos aqui les empezare a mostrar lo malo de nuestra Justicia en nuestro Pais, lo que mi persona lo esta viviendo en carne propia durante mas de 27 meses de carceleria. Soy padre de tres menores hijos y esposo. no radicaba en la capital, debido a eso no puedo ver a mi familia. mis ahoros de mas de 20 años de trabajo se acabaron. la Justicia de mi Pais a hecho que no cumpla con mis obligaciones de Padre, Esposo, Hijo y Ciudadano. espero alcanzar Justicia ante todos ustedes y ante los que me quieren ayudar. contare solamente la verdad sustentado con documentos. HE ALCANZADO LA VERDADERA FELICIDAD EN ESTOS DIAS DE CARCELERIA, PORQUE CONOCI A QUIEN SOLO DEBEMOS PEDIR PERDON Y EL NOS DA UNA NUEVA VIDA, RECIBI A MI SEÑOR Y SALVADOR JESUCRISTO EN MI VIDA Y MI FAMILIA TAMBIEN LO HIZO, SOY FELIZ PORQUE ANTE EL SOY INOCENTE, YA QUE A EL NO LE PUEDO MENTIR PORQUE EL VE NUESTRA MENTE Y CORAZON. estoy libre en mi mente y corazon. Preso solomente en la carne. Gracias a todos y muchas bendiciones.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)